Concesión de vado en la vía pública.
Permite iniciar la tramitación por la concesión de vado en la vía pública.
La solicitud instada por persona física o persona jurídica debe de contener los datos indicados en el articulo 7 de la Ordenanza reguladora del aprovechamiento de las vías públicas mediante vados y reservas (BOP Nº247, de 17-10-2001).
Continuo.
EFECTOS DEL SILENCIO
Desestimatorio, conforme al artículo 24.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de les administraciones públicas.
Tres meses, conforme al articulo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El pago de la tasa se efectúa en el momento de la solicitud, como requisito para poder retirar las placas de vados que le correspondan.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Real decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policias locales de la Comunitat Valenciana.
Ordenanza reguladora del aprovechamiento de las vias públicas de Ontinyent mediante vados y reservas (BOP Nº 247, de 17/10/2001, y BOP Nº 253, de 24/10/2013).
Ordenanza fiscal reguladora de la tqsa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local. B) Otros aprovechamientos.